Fernández promulgó la ley de Fortalecimiento del Sistema de Bomberos

El Presidente presentará en la residencia de Olivos el decreto que permite instrumentar un régimen tarifario especial y otorga beneficios a más de 43 mil voluntarios, reunidos en 1.024 asociaciones.

 

El presidente Alberto Fernández encabezará hoy desde las 11:30 en la residencia de Olivos el acto de promulgación de la ley Fortalecimiento del sistema de bomberos voluntarios, que nuclea a más de 43 mil hombres y mujeres.

Fernández estará acompañado por la ministra de Seguridad, Sabina Frederic, y por bomberos voluntarios de diversos cuarteles.

Con la firma del decreto 386/2021, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, el jefe de Estado puso en vigencia una legislación que incluye, entre otros aspectos, un régimen tarifario especial.

La ley, que fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso, también amplía la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan enfrentar en el ejercicio de sus funciones.

"Estos beneficios se sumarán al ya existente del subsidio por parte del Gobierno nacional por el cual se asiste a los 1024 cuarteles que prestan servicio en todo el territorio", destaca el comunicado oficial.

Promulgación de la ley


La norma otorga beneficios a las asociaciones de bomberos voluntarios, en la que se establecen exenciones al pago de los servicios públicos y el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes.

La Ley había sido sancionada el pasado 2 de junio, en coincidencia con el Día del Bombero Voluntario, una iniciativa presentada por el diputado justicialista Eduardo "Bali" Bucca (Consenso Federal) con el objetivo a hacer más eficiente el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos.


Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las "entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales".

Esa tarifario especial también incluye la "telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional".

Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

El texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: "venta sujeto ley 25.054".


La iniciativa también prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.

Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.

"En el Día del Bombero Voluntario, reafirmamos el compromiso de seguir trabajando juntos para fortalecer el Sistema Nacional y cada uno de los 1000 cuarteles de nuestro país, y proteger a las 43.000 personas que arriesgan su vida para salvar las vidas y los bienes de la comunidad", destacó Bucca el día que fue sancionada la norma.

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