Confirman 15 años de prisión para dos hombres que mataron a otro con un cuchillo

El hecho ocurrió en Santa Lucía en marzo de 2021 y en un año y medio llegó a instancia de casación porque se tramitó a la luz del nuevo Código Procesal Penal que tiene como una de sus principales características la celeridad en los procesos. El Tribunal de Juicio colegiado de Goya los encontró culpables y el STJ lo ratificó hoy en Audiencia Oral.

El Superior Tribunal de Justicia, por unanimidad, mediante sentencia penal N°197/22 rechazó los recursos de casación presentados por las defensas de dos condenados a 15 años de prisión por el Tribunal de Juicio de Goya por Homicidio Simple en calidad de coautores por matar a un hombre con un objeto corto punzante en Santa Lucía el 21 de marzo de 2021.

Este delito está previsto y penado por el artículo 79 del Código Penal que establece que se aplicará reclusión o prisión de 8 a 25 años, al que matare a otro, siempre que el Código no estableciera otra pena.

El Tribunal que los condenó estuvo formado por los doctores Jorge Antonio Carbone, Julio Ángel Duarte y Ricardo Diego Carbajal.

Este tipo de audiencias orales, se realizan en el salón de acuerdos del Superior Tribunal de Justicia periódicamente y permiten la inmediatez y celeridad de los procesos. La de hoy, estuvo presidida por el doctor Eduardo Panseri, acompañado por los doctores Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chaín.

El fiscal adjunto doctor Jorge Omar Semhan, se conectó vía remota desde su despacho y el fiscal de Juicio, doctor Francisco Antonio Arrue, los defensores, los condenados y la querella desde la Ofiju de Goya, en cumplimiento a las medidas sanitarias.

El hecho

Para condenar a los hombres, el Tribunal de Juicio de Goya tuvo por probado que el domingo 28 de marzo de 2021, entre las 20 y 22, los imputados llegaron a la casa de la víctima ubicada en un barrio de Santa Lucía donde él estaba con su mujer y sus tres hijas pequeñas.

Había salido al patio delantero a fumar un cigarrillo, cuando los condenados llegaron a su hogar y por circunstancias que no se especificaron pero que tratan de larga data, comenzaron a discutir y a agredirse físicamente.

Uno de los condenados asestó a la víctima con un objeto punzo cortante de aproximadamente 3 centímetros de ancho.

Herido, intentó resguardarse dentro de la casa pero los imputados lograron ingresar y lo siguieron lastimando con el objeto corto punzante hasta matarlo. La mujer intentó asistirlo mientras que los individuos se daban a la fuga.

Los recursos

Uno de los abogados defensores se agravió porque consideró que el Tribunal de Juicio para arribar a la solución se basó en la declaración de la esposa de la víctima que fue la única testigo presencial del hecho y que en su relato afirmó que no logró ver el rostro de las personas que pelearon con su pareja.

Tampoco recordaba la ropa que llevaban, ni logró ver el arma homicida.

Por ello consideró que el Tribunal dedujo que fue su defendido el que apuñaló a la víctima e indicó que el único homicida es el otro condenado.

Por lo que concluyó en que el Tribunal hizo una valoración fragmentada de las testimoniales y solicitó se absuelva a su defendido.

La defensa del segundo condenado sostuvo que la Fiscalía probó que el responsable del homicidio fue el otro imputado y por lo tanto la sentencia carece de validez ya que en ella "se ha valorado prueba atribuyendo autoría, participación y responsabilidad a los dos encartados de autos, por igual, siendo que la situación procesal de cada uno es diferente conforme las probanzas arrimadas a lo largo de las etapas del Legajo", indicó.

En este sentido, criticó que el Tribunal que condenó a su defendido en calidad de coautor, cuando no participo del hecho.

Los fundamentos de la sentencia N°197/22 dictada hoy por el Superior Tribunal de Justicia serán leídos el viernes 14 de octubre a las 12 horas.

 

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