Regía la conciliación obligatoria y el SUTECO no acató por lo que habilita instancia sumarial

 

 

 

La Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio de la provincia de Corrientes, dispuso, el pasado miércoles 8, la Conciliación Obligatoria ante el comunicado de la medida de acción directa (paro) interpuesta por la junta ejecutiva del SUTECO el 6/03/2023 y que llevó adelante los días 9 y 10 siguientes. Esta Disposición (Nº 228/23) ordenó a SUTECO "dejar sin efecto" la medida de fuerza y que "caso contrario se habilitará la instancia sumarial", como así también que para continuar este proceso administrativo deba presentar su Personería Gremial.

 

Desde la Secretaría de Trabajo se declaró así la "Conciliación Obligatoria en el conflicto suscitado entre la entidad sindical SUTECO y el Ministerio de Educación de la Provincia". Asimismo, la autoridad de aplicación hizo saber que "el incumplimiento de lo ordenado es considerado muy grave", por lo cual la entidad gremial "deberá dejar sin efecto la medida de acción directa por el término de 48 horas, desde las 00:00 del 9/3/23 hasta las 24:00 del 11/3/23, caso contrario se habilitará la instancia sumarial (artículos 2 y 8 de la Ley 14.786 y artículo 23 de la Ley 23.551)".

 

En tanto, esta disposición también conmina a SUTECO a acreditar Personería Gremial para poder continuar el proceso administrativo de conciliación obligatoria.

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