Elecciones 2025

Cuáles son las sanciones por no votar en Corrientes

 

El voto fue obligatorio en las elecciones provinciales del 31 de agosto. Quienes no asistieron deben justificar su ausencia o afrontar consecuencias.

El 31 de agosto se celebraron elecciones provinciales en Corrientes, con voto obligatorio para todos los ciudadanos habilitados en el padrón electoral. Aquellos que no asistieron sin una justificación válida podrían ser sancionados, conforme lo establece el Código Electoral. Las penalidades contemplan multas económicas, restricciones administrativas y la imposibilidad de acceder a cargos públicos.

El artículo 125 del Código Electoral de Corrientes prevé una multa de entre 50 y 500 pesos para quienes no hayan votado sin causa justificada. Además, la ausencia queda asentada en el documento cívico del elector, lo que le impide ejercer funciones o empleos públicos por un período de tres años a partir de la fecha de la elección.

El presidente de la Junta Electoral, Gustavo Sánchez Mariño, señaló que el 74 % del padrón participó del proceso electoral. Advirtió también que quienes no cumplieron con su deber cívico deberán presentar una justificación válida o enfrentarán una "carga económica y moral".

Las justificaciones pueden presentarse en la comisaría correspondiente. También podrán enviarse por correo electrónico a la Secretaría Electoral: juntaelectoral@juscorrientes.gov.ar .

Aquellos que no regularicen su situación también se verán impedidos de realizar trámites ante organismos provinciales o municipales durante el plazo de un año.

El Código Electoral contempla ciertas excepciones al voto obligatorio, entre ellas: ciudadanos mayores de 70 años, jueces en funciones, personas que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación, quienes presenten una constancia médica por enfermedad, y trabajadores de servicios públicos esenciales que estén cumpliendo turno al momento de la elección.

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