Formalizaron el incremento de la tarifa eléctrica

De acuerdo a lo establecido en el Decreto, las pequeñas demandas residenciales de usuarios urbanos (Potencia demandada menor a 10 kW) tendrán una cuota fija por suministro 804,78 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 7,23890 pesos; y un cargo variable por el excedente de 600 KWh/bimestral de 8,22956 pesos.

En el caso de las pequeñas demandas residenciales de usuarios rurales sin tarifa social tendrán una cuota fija por suministro de 1588,73 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral o fracción de 12,23517 pesos; y un cargo variable por el excedente de 600 KWh/bimestral de 14,08551 pesos.

La tarifa residencial de Electrodependientes, para usuarios urbanos, se estableció una cuota fija por suministro de 652,11 pesos bimestral; y un cargo variable por todo consumo de de 3,63368 pesos.

 Los Electrodependientes que son usuarios rurales tendrán una tarifa residencial con una cuota fija por suministro de 1437,18 pesos bimestral; y un cargo variable por todo consumo de de 8,65054 pesos.


TARIFAS GENERALES

En el rubro "Tarifas Generales" para la categoría "Pequeñas demandas Servicios Generales. Comercial y Oficial con carácter comercial. Urbanos Industrial y Oficial con carácter Industrial" se fijó una cuota fija por suministro de 2.616,02 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 7,39429 pesos; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 8,29344 pesos/KWh.


En la categoría "Pequeñas demandas Servicios Generales. Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales. Usuarios Urbanos" se fijó una cuota fija por suministro de 6.174,70 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 6,70915 pesos/KWh; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 7,50092 pesos/KWh.

La categoría "Pequeñas demandas Servicios Generales. Asociaciones civiles sin fines de lucro. Usuarios urbanos" abonará una cuota fija por suministro de 3.046,78 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 6,900574 pesos/KWh; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 7,73878 pesos/KWh.


AREA RURAL

En el caso de servicios en el área rural, la categoría "Pequeñas demandas Servicios Generales. Comercial y Oficial con carácter comercial. Urbanos Industrial y Oficial con carácter Industrial" se fijó una cuota fija por suministro de 3.508,20 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 10,25309 pesos; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 11,57261 pesos/KWh.

También para el área rural en la categoría "Pequeñas demandas Servicios Generales. Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales. Usuarios Rurales" se fijó una cuota fija por suministro de 3.448,43 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 10,52559 pesos/KWh; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 11,89213 pesos/KWh.

La categoría rural "Pequeñas demandas Servicios Generales. Asociaciones civiles sin fines de lucro. Usuarios urbanos" abonarán una cuota fija por suministro de 2.782,21 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 10,15849 pesos/KWh; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 11,53156 pesos/KWh.

Para riego agrícola se fija cuota fija por suministro de 3.095,85 pesos bimestral; un cargo variable de los primeros 4000 kWh bimestral o fracción de 7,08618 pesos/KWh; y un cargo variable excedente de 4000 kWh/bimestral de 8,05837 pesos/KWh.

ALUMBRADO PÚBLICO

En el caso de tarifas de Alumbrado Público, se fija un costo por todo consumo para el suministro directo a prestadores del servicio de 8,45933 pesos/KWh; y un cargo a cobrar al usuario de 251,89 pesos por mes para alumbrado público en convenio con prestadores del servicio.

 También se establecieron nuevas tarifas para las categorías "Medianas y Grandes Demandas y Servicios Públicos Sanitarios"; "Tarifas a Otros Distribuidores (Cooperativas)" y "Tarifas de Peaje de Grandes Usuarios del MEM".

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